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mayo  19, 2024

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El tiempo en el trabajo

A propósito del caso “Tyco” del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Por Rodolfo Capón Filas


“(…) el trabajador, desde que sale de su domicilio hasta que llega al lugar de trabajo, está a disposición del empleador, con lo cual ese lapso debe considerarse tiempo de trabajo, con todas sus implicancias. Acotado por la congruencia, la sentencia analiza solamente el tiempo desde el domicilio del trabajador hasta el del primer cliente de la empresa. Nada impide y todo hace suponer que en casos similares (desde el domicilio hasta el establecimiento) aplicará el mismo criterio, con la tesis sistémica tendrá recepción jurisprudencial.”

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Términos mencionados en esta doctrina: domicilio, trabajador.

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